En los casos en los cuales se deban utilizar ataúdes de medidas especiales o extraordinarias, el costo del mismo será abonado por el titular adherido al sistema o por ORGANIZACION SERAL SERVICIOS EMPRESARIOS S.A, según lo dispuesto por convenio firmado entre las partes oportunamente.
NO así en el resto de las mejoras solicitadas por el titular o deudos, las que deberán ser abonadas indefectiblemente antes del inicio del servicio, al prestador interviniente.