Menu
Solicitud de Médico
En los casos en que el deceso se produzca en el domicilio, el titular deberá coordinar con el médico de cabecera del fallecido para que este firme la defunción correspondiente, para realizar la Prestataria el retiro del cuerpo.
- NO se aceptarán constataciones de óbito, ya que no pueden ser entregadas ante el Registro Civil Interviniente para labrar la Defunción, pues carecen de valor ante él.
- En caso de no poder ubicar médico alguno, deberá informar a las autoridades policiales para ser realizado el traslado del cuerpo a la morgue correspondiente por ambulancia policial, para su revisión e intervención por médico forense o legista, posteriormente librado de este, se procede al retiro por la Prestadora del servicio.
- El médico interviniente confeccionará el Certificado de Defunción detallando sus causas, para que luego este sea presentado ante el Registro Civil interviniente y obtener así el Certificado de Defunción extendido por el organismo mencionado, siendo el o los gastos que de allí surjan abonados por el titular del Servicio antes del retiro del cuerpo.
- De no proveer las autoridades mencionadas vehículo de traslado, la ambulancia hasta la morgue Judicial deberá ser abonada por el titular antes del retiro del fallecido. (Ver según convenio).
- Dejamos constancia que ORGANIZACIÓN SERAL SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. no tiene responsabilidad, ni obligación de proveer médico en estos casos, para certificar la defunción, sino el titular o familia del fallecido.